Los trabajadores por cuenta ajena de todas las empresas que tengan centros de trabajo ubicados en el territorio nacional, independientemente de su tamaño y que estén al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Quedan exentos: autónomos, becarios, personal en prácticas y funcionarios públicos.
Puedes consultar los requisitos detallados en el apartado de preguntas frecuentes.